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Elisa Hurtado

Juicio Mercantil: Competencia Desleal

Con la Ley sobre Competencia Desleal se intenta garantizar la libre y leal competencia de todos los que participan en el mercado, quienes están obligados por la misma a respetar en sus actuaciones los principios de la buena fe comercial. En dicha Ley es establecen como conductas desleales, entre otras, las siguientes:

-Los actos de confusión
-Los actos de engaño
-Los actos de comparación
-Los actos de descrédito
-Los actos de imitación
-Los actos de explotación de la reputación ajena
-Los actos de confusión
-Los actos de desviación de la clientela
-Los actos de violación de secretos, etc.

         Las demandas que versen sobre competencia desleal se decidirán por las normas del Juicio Ordinario, cualquiera que sea su cuantía, salvo que se refieran exclusivamente a reclamaciones de cantidad, y su competencia objetiva recaerá en los Juzgados de lo Mercantil. En cuanto a la competencia territorial, el Tribunal competente será el del lugar en el que el demandado tenga su establecimiento o, en su defecto, el de su domicilio; si tuviera dicho domicilio fuera del territorio nacional la competencia recaerá en el Tribunal del lugar en el que se hubiera llevado a cabo el acto de competencia desleal o aquél en el que haya producido sus efectos, a elección del demandante.

         Por lo que respecta a la legitimación activa, cualquier persona que se dedique al mercado y haya visto perjudicados sus intereses por un acto de competencia desleal, estará legitimada conforme al art. 19 de la LCD.

         En cuanto a la legitimación pasiva le corresponderá a cualquiera que haya llevado a cabo el acto de competencia desleal así como al que haya cooperado en su realización.

         Los plazos para interponer la oportuna demanda son dos:

  • El de un año que empieza a contar desde el momento en que se pudo ejercitar y se tuvo conocimiento de la persona que realizó el acto de competencia desleal.

 

  • El de tres años que empieza a contar desde la realización del acto, en cualquier caso.

        

Juicios Mercantiles: Competencia Desleal. Elisa Hurtado Pérez, Procuradora de los Tribunales de Madrid.

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